Por qué la UE necesita una “ley de registro de agentes extranjeros” tras el Qatargate

El reciente escándalo de sobornos que ha sacudido a la Unión Europea ha puesto de manifiesto la debilidad de la democracia. Lejos de ser un mero reflejo de la codicia y la venalidad individuales (los acusados niegan todas las acusaciones), pone de relieve que la infraestructura básica de la democracia liberal en la UE está incompleta. Para arreglarla, la UE debería fijarse en un modelo sorprendente: Estados Unidos.

En EE.UU., cualquiera que actúe en nombre de un gobierno extranjero está obligado no sólo a revelar ese hecho, sino también sus pormenores: honorarios, servicios prestados, funcionarios contactados a tal efecto, empleados que trabajan en la cuenta, etcétera.

Como resultado, sabemos que Qatar ha estado pagando a Mercury Public Affairs, LLC, 30.000 dólares al mes [€28,000] para “investigación, asesoramiento y compromiso con instituciones académicas y políticas no gubernamentales relevantes”, o que está pagando la misma cantidad mensual a BGR Government Affairs, LLC, para “facilitar las comunicaciones con funcionarios y responsables de la toma de decisiones relevantes y con los medios de comunicación en EE.UU., concretamente en el estado de Texas”. Otra empresa tiene un contrato similar con respecto a Florida.

Gracias a la Ley de Registro de Agentes Extranjeros, o FARA, también sabemos que el ex fiscal general de EE.UU. John Ashcroft recibió 2,5 millones de dólares por un anticipo de 90 días para destacar los esfuerzos de Qatar para combatir el terrorismo y cumplir con las regulaciones financieras internacionales, y que Ashcroft se comprometió a reclutar a “ex líderes clave del gobierno, incluidos ex funcionarios que ocuparon cargos muy altos dentro de la comunidad de inteligencia, la Oficina Federal de Investigación” y otras agencias para apoyar el esfuerzo.

Los estadounidenses también saben que el diminuto Qatar ocupa el cuarto lugar en términos de gasto en grupos de presión en Washington en 2016-22, después de China, Japón y Corea del Sur. (Rusia ocupa el sexto lugar).

No se sugiere que nada de esto sea ilegal, aunque parte de ello podría ser poco ético – pero gracias a FARA, los estadounidenses pueden formarse una idea de lo que Qatar está haciendo para influir en la formulación de políticas.

Multiplique esto por el número de países que presionan activamente en Washington y en las capitales estatales, y añada a eso los numerosos bufetes de abogados que contratan, y surge un mapa aproximado de las principales preocupaciones de estos gobiernos en las relaciones con Estados Unidos. Mientras tanto, los europeos desconocemos por completo qué antiguos comisarios europeos están presionando a sus colegas en nombre de clientes extranjeros, o qué grupos de presión se dirigen a los miembros del Parlamento Europeo con el mismo fin.

Si hubiera existido una FARA a nivel de la UE -una EuroFARA- en el momento del último escándalo de dinero por influencias, no habría impedido que los eurodiputados corruptos aceptaran dinero de gobiernos extranjeros, o que los ex comisarios presionaran en nombre de ONG dudosas.

Las personas dispuestas a violar la ley también habrían violado esta ley.

Pero habría dado a los legisladores, funcionarios, diplomáticos, activistas y ciudadanos de a pie una idea de los esfuerzos de lobby legal de países como Qatar o Marruecos, y por lo tanto les habría permitido hacer conjeturas informadas sobre lo que podría estar ocurriendo bajo la línea de flotación.

Al mismo tiempo, EuroFARA expondría sistemáticamente los innumerables grupos de presión y traficantes de influencias en las nóminas de las potencias extranjeras, dando a los europeos una idea de qué países están presionando más agresivamente y hacia qué objetivos. También les mostraría con qué funcionarios se reúnen para impulsar su agenda y la huella legislativa que dejan.

Para que la normativa propuesta tenga sentido, debe contar con mecanismos de aplicación sólidos, un punto débil de la FARA estadounidense. Es fundamental que incluya a los bufetes de abogados (como hace la FARA), actualmente excluidos de la obligación de inscribirse en el Registro de Transparencia existente, pero que con frecuencia ejercen presión en nombre de clientes extranjeros, incluidos gobiernos. Y debería aplicarse también a las reuniones de los grupos de presión con los diplomáticos de los Estados miembros, que actualmente son una completa caja negra en Bruselas.

La necesidad de actuar a escala de la UE es evidente.

Varios Estados miembros de la UE carecen de legislación sobre los grupos de presión y no tienen ni un registro de grupos de presión ni un código de conducta para los grupos de presión, los instrumentos más débiles para regular los grupos de presión. Otros cuentan con registros voluntarios de grupos de presión. La mayoría de estos regímenes reguladores se caracterizan por una aplicación deficiente.

Pero lo más importante es que la UE necesita normas específicas que se apliquen a los funcionarios de sus instituciones, a los eurodiputados, a los miembros del colegio de comisarios europeos y a los diplomáticos nacionales que participan en la elaboración de leyes en el consejo, debido alas especificidades de la configuración de la UE.

Hasta ahora, los esfuerzos de la UE por regular los grupos de presión -cualquier grupo de presión- han sido anémicos, y la escasa regulación existente se ve empañada por la falta de aplicación.

Cuando Dimitris Avramopoulos pidió permiso a la Comisión para aceptar ser miembro “honorario” de la junta directiva de una ONG de dudosa reputación poco después de terminar su mandato como Comisario, recibió el permiso a pesar de que la ONG en cuestión ni siquiera se había molestado en inscribirse en el Registro de Transparencia.

No hubo ningún seguimiento por parte de los servicios de la Comisión para comprobar posteriormente si se había producido el registro, ni a nadie se le ocurrió preguntar por qué una pertenencia honorífica a un consejo de administración debía compensarse con 5.000 euros al mes.

Resulta irónico que la Comisión Europea, en su informe sobre el Estado de Derecho en Bélgica adoptado el pasado mes de julio, pidiera a Bélgica que completara una reforma en curso de las normas sobre grupos de presión para ministros y parlamentarios y que reforzara su marco de integridad.

La Comisión, junto con las demás instituciones, debe tomar medidas inmediatas para reforzar su propio marco de integridad. Un elemento crítico debe ser la creación de una base de datos de grupos de presión extranjeros – una EuroFARA.

La FARA se adoptó en 1938 en medio de una creciente preocupación por la propaganda nazi y los intentos de influir en el proceso político.

Vivimos de nuevo un momento en el que las democracias liberales están tomando conciencia de la necesidad de defender activamente su modo de vida frente a adversarios extranjeros.

En un momento en el que la UE está invirtiendo mucho en identificar y tratar de contrarrestar la desinformación, y está más ampliamente preocupada por la influencia autoritaria, parece un descuido flagrante negarse a sí misma -y a su ciudadanía- la información crítica que proporcionaría una EuroFARA.

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