La “censura” de los medios de comunicación rusos anula la constitución sueca y danesa

El Consejo de Ministros de la UE prohibió en marzo la difusión de los contenidos de dos medios de comunicación rusos, a los que siguieron otros tres en junio.

La decisión de censura fue aprobada por el Tribunal de Justicia Europeo en julio.

La defensa constitucional de la libertad de expresión por parte de los Estados miembros ha sido dejada de lado. Y este retroceso democrático, se ha producido casi sin debate público, ni cobertura mediática crítica.

Es difícil entender cómo puede ocurrir esto en Dinamarca y Suecia.

En Noruega -que no es un Estado miembro de la UE, pero es un país que sigue muy a menudo las iniciativas de la UE- la conclusión fue diferente: a saber, que la prohibición entraba en conflicto con la Constitución.

El control es la libertad. Prohibir a los oradores peligrosos es democracia. La libertad de expresión no incluye la propaganda hostil”. Esto no es una reescritura de 1984 de George Orwell. Tampoco es una traducción de los argumentos rusos para expulsar a los periodistas extranjeros o para condenar a 15 años de cárcel a los críticos nacionales.

¿Qué es, entonces?

Es la forma en que el Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo justifica por qué no debemos tener acceso a los medios rusos RT, Sputnik, Rossiya RTR, Rossiya 24 y TV Centre International. Por qué deberían cobrarnos si citamos el contenido de esos dos medios.

En una decisión del 27 de julio, el Tribunal General, aprobó la decisión de los ministros de Asuntos Exteriores de prohibir los dos medios de comunicación rusos controlados por el Estado el 1 de marzo.

Entre los 15 miembros unánimes se encontraban un juez danés y otro sueco, de países cuyas constituciones prohíben la censura y las prohibiciones de distribución.

En Suecia, el capítulo 1, §1 de la Ley de Libertad de Prensa, que forma parte de la constitución, establece: “(…) el derecho de toda persona a publicar sin interferencia previa de una autoridad pública u otro organismo público”.

En Dinamarca, el artículo 77 de Grundloven, la Constitución danesa, concede a toda persona la libertad de expresar sus ideas en cualquier forma y establece que: “La censura y otras medidas preventivas no se introducirán nunca más”.

El derecho de la UE frente a la libertad de expresión

En la legislación de la UE, esta visión clásica de la libertad de expresión tiene aparentemente menos peso.

El tribunal argumenta que la libertad de expresión no se infringe, a pesar de la prohibición explícita de difusión. Los empleados de RT y Sputnik siguen estando autorizados a realizar investigaciones y entrevistas, pero no a difundir sus resultados.

La decisión del consejo y la sentencia del tribunal han sido ignoradas hasta ahora por los medios de comunicación suecos y daneses.

Es concebible que las dos decisiones no se consideren de interés periodístico, o que el miedo sea a ser asociado con la maquinaria de propaganda rusa.

La invasión rusa de Ucrania es una violación del derecho internacional, una guerra que incumple la Carta de la ONU y una flagrante violación de la soberanía de Ucrania.

Y sí, RT y Sputnik son plataformas mediáticas controladas por el Estado con una agenda formulada por los poderes de Moscú. Tienen una selección consistente de temas, fuentes y ángulos favorables al Kremlin. Todo el mundo puede, o más bien podría, comprobarlo con una introspección. Ya no.

El problema de la decisión del tribunal no es que perdamos todo el acceso a la propaganda rusa o a las declaraciones oficiales rusas.

Se puede acceder a Sputnik y RT desde cualquier ordenador a través de una red privada virtual, por supuesto. Los medios de comunicación nacionales e internacionales siguen considerando que es su deber informar también de las posiciones oficiales rusas.

El problema es que el tribunal -al igual que el Consejo de Ministros- se está encargando de decidir a qué debemos tener acceso los ciudadanos europeos. No se cree que nosotros -los ciudadanos- podamos ocuparnos de las declaraciones no filtradas de fuentes dudosas.

Las cláusulas de “censura

El debate del tribunal sobre la libertad de expresión e información ocupa 20 de las 46 páginas de la sentencia. Es una lectura triste.

Los jueces consideran necesario “sancionar o incluso impedir toda forma de expresión que difunda, incite, promueva o justifique el odio basado en la intolerancia, el uso de la violencia y la glorificación de la violencia.” [authors’ translation].

El tribunal se otorga el derecho de definir el periodismo aceptable:

“Se protege el derecho de los medios de comunicación, y de los periodistas en particular, a informar sobre asuntos de interés público, siempre que actúen de buena fe, sobre la base de hechos exactos y proporcionen una información “fiable y precisa” de acuerdo con la ética periodística o, en otras palabras, de acuerdo con los principios del periodismo responsable.”

Los poderes de censura son, según el Tribunal Generalparte de la legislación de la UE:

“Dado que las campañas de propaganda y desinformación (…) formarán parte del arsenal de la guerra moderna, las medidas restrictivas en cuestión también forman parte de la persecución por parte de la Unión de los objetivos, en particular pacíficos, establecidos en el Tratado”.

Nuestro derecho a recibir o buscar información es tan limitado como el derecho a informar:

“(…) si la injerencia en el derecho a emitir programas está justificada, lo mismo cabe decir de la restricción del derecho del público a recibir dichos programas”.

En otras palabras, la defensa de la libertad de expresión e información por parte del tribunal es tan elástica.

Amenaza al orden público

La principal razón esgrimida por el tribunal es que los medios de comunicación rusos constituyen una amenaza para el orden público en la UE. No se confía en nuestra capacidad para hacer frente a las opiniones contradictorias sobre los acontecimientos. Las instituciones de la UE deciden a qué podemos hacer frente.

La libertad de expresión no es absoluta, y nunca lo fue.

Se pueden presentar cargos contra una serie de expresiones punibles; amenazas, difamación, incitación a la violencia, revelación de secretos de la defensa, por nombrar algunas, pero el enjuiciamiento debe ser a posteriori, no antes de que las expresiones ofensivas se hayan dicho o difundido, y de hecho nunca como medida general.

La decisión del Consejo de Ministros, y su aprobación en el tribunal, pasan así por encima de la Constitución sueca y danesa. Plantean dudas sobre la firmeza de los valores democráticos en la dirección de la UE y sobre si la UE como organización defiende el Estado de Derecho.

Noruega es diferente

En este sentido, es interesante ver que Noruega, que no es miembro de la UE, ha adoptado una postura diferente.

“La Constitución establece normas muy estrictas para restringir la libertad de expresión. Y a día de hoy, es difícil ver que estos actores supongan una amenaza tal para los intereses fundamentales de la sociedad en Noruega como para defender la censura anticipada mediante una prohibición general”, declaró Anette Trettebergstuen, ministra noruega de Cultura, en el Stortinget, el parlamento noruego, en abril.

Este desmantelamiento de un derecho fundamental liberal clásico en Suecia y Dinamarca se ha hecho sin ningún debate público. ¿Somos los únicos que nos damos cuenta y nos preocupamos?

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